Fue sentenciado a 17 años y 6 meses de prisión como organizador de la estructura criminal. Manejó la venta de estupefacientes y lideró un clan con más de 180 personas bajo su mando
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Tras tantos años, el peritaje ya amarillea, pero mantiene su vigencia. Expone que la operación bancaria con que la empresa Los Sauces SA de la familia Kirchner gestó la compra del departamento de la calle San José 1111 de la ciudad de Buenos Aires, allí donde la expresidenta Cristina Fernández cumple su condena, acumuló múltiples irregularidades, faltantes e inconsistencias, que encendieron las alarmas en los tribunales y dentro del Banco Nación.El peritaje data de octubre de 2020. Y se enfocó en cómo el 6 de mayo de 2015 se extrajeron $4 millones - unos US$ 450.000 al tipo de cambio entonces vigente- de una caja de ahorro de la entonces jefa de Estado y sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, y su inmediato depósito en una cuenta de Los Sauces SA. Ese periplo acumuló múltiples falencias. Entre otras, la operación no tiene la firma del depositante, ni la intervención del cajero del Banco Nación ni de las instancias autorizantes superiores de la entidad bancaria, tampoco contó con documentación de respaldo, y avanzó sin que se detallara el origen de los fondos. Pero no sólo eso: ambas operaciones se desarrollaron sin la presencia de los titulares ni de un apoderado, y sin un pedido escrito de ellos, según el sumario interno que se inició dentro del BNA tras la salida del kirchnerismo de la Casa Rosada y el ascenso al poder de Juntos por el Cambio.El peritaje, que desde hace años se encuentra en los tribunales federales de Comodoro Py, ahondó en las conclusiones que figuran en el llamado "Informe Final del Instructor" que dentro del Banco Nación se enfocó en cómo fue el procedimiento real que se adoptó dentro de la entidad bancaria en la compra de la unidad funcional 5, segundo piso, de San José 1111.Los cuestionamientos de los instructores fueron múltiples. Sobre el depósito, por ejemplo, anotaron que carecía de la intervención del entonces cajero, identificado como Lisandro Gauna. Y en el apartado de cargos al personal involucrado agregaron que los comprobantes de caja no llevaban la rúbrica de los titulares ni la de quien autorizó, y que no se integró el origen de los fondos.La secuencia del 6 de mayoLa autorización de la extracción quedó registrada a las 14:02:52 de aquel miércoles 6 de mayo de 2015. El ticket del depósito en la cuenta de Los Sauces SA lleva la hora 14:04:33 y el de la extracción, 14:04:37, cuatro segundos después. El comprobante de depósito consignó a Cristina Fernández como depositante como si la entonces Presidenta hubiera concurrido en persona a la sucursal bancaria en Río Gallegos. Pero el comprobante registra un hueco: no tiene su firma manuscrita. El de la extracción, tampoco.Documentos oficiales dan cuenta que la entonces Presidenta no pudo estar ese día en Río Gallegos. ¿Por qué? Porque ese día estuvo en la Casa Rosada. A las 19 horas recibió a Zhao Leji, Miembro del Buró Político del Comité Central del Partido Comunista de China, y el embajador de ese país, entre otros miembros de la comitiva, según el Registro de Audiencias. El encuentro tuvo foto y otros testigos, tales como Axel Kicillof y Eduardo "Wado" De Pedro.Ese mismo día, sin embargo, sí se debitaron $3.959.000 de la cuenta de Los Sauces SA bajo el concepto "cheque de servicio". Pero allí los instructores del sumario interno detectaron otra irregularidad. ¿Cuál? Comprobaron que ese cheque nunca existió físicamente y que la sucursal Río Gallegos no conservaba un comprobante de la operación. En rigor, según reconstruyeron los sumariantes, el débito se hizo a última hora, a partir de un mail que alguien de la gerencia de la sucursal Plaza de Mayo envió a las 16:23, que pedía depositar $3.959.000 en la cuenta corriente de una empresa identificada como Pilisar SA, que registró el crédito por ese monto en esa misma fecha. Según el sumario, el destino era la compra de "Certificados de Derivación de Ingresos" (Cedines). Es decir, unos títulos públicos que emitió el kirchnerismo entre 2009 y 2011, y que por aquellos años de cepo cambiario permitían a empresas y personas liquidar divisas en el exterior a cambio de un bono en pesos, como un mecanismo de acceso al dólar paralelo o "dólar papel".¿Quiénes están detrás de Pilisar SA? Se trata de una sociedad anónima argentina del sector de electrodomésticos, constituida en 2005 y vinculada al Grupo Newsan que controla el empresario Rubén Cherñajovsky. Opera principalmente en la fabricación y comercialización de heladeras, lavarropas y otros equipos de "línea blanca", con bajo marcas como Siam, Atma, Philco y Coventry.El vínculo con el inmueblePero allí no se agotan las preguntas. ¿De dónde provinieron los Cedines por U$S 370.000 para la operación inmobiliaria? Fueron cedidos a Los Sauces SA por alguien que se identificó como Emilio Mazzola, por entonces socio y director de Pilisar SA, cuya relación con Cherñajovsky afrontaría momentos turbulentos que derivaron en acusaciones cruzadas que terminaron en la Justicia federal.En 2020, Mazzola acusó a Cherñajovsky de forzarlo a una venta compulsiva de acciones de Pilisar SA y denunció el vaciamiento de la firma por al menos US$ 35 millones entre 2012 y 2015, los últimos tres años de gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Y Cherñajovsky no se quedó atrás: acusó a Mazzola de haberse robado 1000 heladeras.Pero ese cruce de acusaciones y denuncias ocurrió después. En 2015, Mazzola colaboró en la operación de compra de San José 1111 con Cedines. Y Los Sauces SA usó esos certificados para pagar por el departamento a Jorge Edmundo Coscia, según la escritura 168 del 11 de junio de 2015. Y a efectos fiscales, en la escritura pública se fijó el precio en $3.344.800, calculados a $9,04 por dólar.Para darle visos de formalidad, el acta de directorio 24 de Los Sauces SA, del 5 de mayo de aquel año, la certificación del contador Víctor Manzanares y la declaración jurada ante la UIF firmada por la presidenta, Romina Mercado, por entonces fiscal santacruceña e hija de Alicia Kirchner, describieron el ingreso de $4 millones como un aporte irrevocable de la Sucesión de Néstor Kirchner, integrado mediante acreditación bancaria. Pero también allí detectaron inconsistencias y faltantes los sumariantes: los extractos reflejaron una extracción con tarjeta y un depósito en efectivo.Eso no fue todo. Los estados contables al 31 de diciembre de 2015 de Los Sauces SA tampoco consignaron ese aporte en el patrimonio neto, que permaneció en $2.234.400. En su lugar figuró un aumento de $6.427.106,97 en "cuentas particulares de socios", monto que coincidía con los créditos que los accionistas -por la entonces Presidenta y sus hijos- declararon en Bienes Personales.Visiones encontradasLos peritos de la defensa, cabe remarcar, sostuvieron que la operación fue legal. Destacaron que el 6 de mayo de 2015 había fondos suficientes en la cuenta corriente de Los Sauces SA. Se apoyaron en el propio informe del instructor del BNA y en el crédito registrado en la cuenta de Pilisar SA, aunque admitieron que las operaciones no podían identificarse contablemente.Más críticos fueron los peritos del Ministerio Público Fiscal (MPF). Señalaron que la falta del Libro Diario posterior al 31 de diciembre de 2014 les impidió trazar contablemente el origen de los fondos y que algunas operaciones pudieron hacerse en efectivo. Infirieron que el dinero provenía de aportes de los socios, aunque aclararon que su análisis se limitaba a la procedencia inmediata.El peritaje sobre cómo ingresó el departamento de San José 1111 al patrimonio de los Kirchner se desarrolló, cabe aclarar, en octubre de 2020, cuando los argentinos lidiaban con la cuarentena por la pandemia de Covid-19 que impuso el entonces presidente Alberto Fernández, que accedió al poder con Cristina Fernández de Kirchner como compañera de fórmula.En junio de 2022 y siendo vicepresidenta, Fernández de Kirchner invocó a Newsan como ejemplo virtuoso para reclamar más intervención y regulación en las importaciones, en defensa de la industria local. Pero calló el rol que el conglomerado de Cherñajovsky había tenido antes en la compra de su departamento. Tres años después de aquel elogio, la exmandataria comenzó a cumplir allí su prisión domiciliaria por el "caso Vialidad".Pero la compra del departamento en San José 1111 registró otras derivaciones en la unidad antilavado (UIF), que emitió un reporte, en los tribunales y dentro del Banco Nación. En Comodoro Py, el entonces juez federal Claudio Bonadío llegó a indagar y procesar a cuatro empleados de la entidad bancaria.Ante la consulta de LA NACION, en tanto, desde el Banco confirmaron que la entidad "sustanció oportunamente actuaciones sumariales originadas a partir de observaciones formuladas por la Auditoría de la Institución respecto de determinadas operatorias bancarias registradas en la Sucursal Río Gallegos", centradas en "la modalidad bajo la cual determinadas operaciones fueron instrumentadas y documentadas".En ese sentido, los auditores verificaron "apartamiento respecto de los procedimientos internos vigentes en materia de instrumentación, documentación y control de operaciones bancarias", por los que el Banco asentó "apercibimientos" y "llamados de atención" en los legajos de empleados, en tanto que el entonces gerente de la sucursal, Rolando D'Avena, ya había sido desvinculado, por otra causa. "De haber continuado prestando servicios en el Banco", indicaron desde la entidad, "habría resultado pasible de la aplicación de una severa medida disciplinaria".Ahora, dos empresas de la familia Kirchner, Hotesur y Los Sauces, concentran la acusación sobre presunto lavado de activos provenientes de la corrupción en el juicio oral que comenzó estre viernes. Cinco empleados del Banco que en Río Gallegos gestionaron aquella operación, D'Avena, Marcelo Mazú, Raúl Avarese, Lisandro Gauna y Mónica Liliana Romero, figuran entre los acusados.
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Durante el juicio donde fue condenado a 17 años y medio de cárcel, Fernando Estrada Gonzales, alias Piti, uno de los líderes de la organización criminal que, a sangre y fuego, dominó la villa 1-11-14, en el Bajo Flores fue definido como "la última piezas del rompecabezas" de la "mayor banda narco que ha operado" en la Argentina "por el gobierno territorial y por el tiempo que permaneció en funciones". Ahora, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal denegó un recurso presentado por la defensa y confirmó la sentencia que había dictado en abril pasado el Tribunal Oral Federal (TOF) porteño N°3. El fiscal general Diego Velasco había pedido que fuese condenado a la pena de 24 años de prisión.Por unanimidad, con los votos de los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, el máximo tribunal penal del país resolvió que el recurso de casación no podía prosperar. Los magistrados también entendieron que la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3, a cargo del juicio, había sido correcta y no podía ser considerada arbitraria, informaron a LA NACION fuentes judiciales."La organización tenía un gran poderío comercial y territorial, manejaba el asentamiento y utilizaba las armas de fuego para generar intimidación", había sostenido el fiscal general Diego Velasco en su alegato ante los jueces Andrés Basso, Javier Ríos y Fernando Machado Pelloni, a cargo del juicio.Piti purgó condena por un homicidio cometido en 1988 y luego estuvo más de 12 años prófugo, aunque desde la clandestinidad seguía a cargo del negocio del narcotráfico en el Bajo Flores junto a su hermano y su cuñada. Su captura se ordenó en octubre de 2020 y se entregó, sorpresivamente, en abril de 2023 en la sede de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), conducida por el fiscal federal Diego Iglesias.Su hermano, Marco Estrada Gonzales, más conocido como Marcos, fue condenado en 2020 por los jueces Basso, Ríos y Machado Pelloni a la pena única de 24 años de cárcel. En mayo de 2020 fue expulsado de la Argentina y, en medio de un inédito operativo de seguridad, fue trasladado a Perú, su país natal.Los hermanos Estrada Gonzáles lideraron la venta de estupefacientes en una zona caliente del narcomenudeo. La organización criminal se encargó de la introducción, el almacenamiento, el fraccionamiento y la distribución de marihuana, cocaína y sus derivados, según la acusación del Ministerio Público Fiscal.Según informó la web de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar, el fiscal Velasco explicó que la banda de los Estrada Gonzales fue investigada en distintos expedientes e incluso resaltó que entre todos los procesos en su contra hay alrededor de 180 personas condenadas por su participación en la organización narcocriminal.Como se sostuvo en el juicio en el que fue condenado Marcos, donde el Ministerio Público también estuvo representado por el fiscal Velasco, a partir de las las evidencias que se expusieron en este debate "se pudo corroborar, sin lugar a dudas, que la organización funcionaba en turnos de 28 días; uno comandado por Marcos y otro por Piti Estrada Gonzales". El acusador público recordó la declaración de un "imputado colaborador" que detalló cómo funcionaba la banda. El fiscal consideró que su relato fue ratificándose a partir de testimonios y pruebas incorporadas en el expediente."Durante todo el tiempo que estuvo prófugo y hasta 2023 seguía manejando el negocio dentro de la villa en el turno que le tocaba", sostuvo el fiscal Velasco, quien indicó que los hermanos se dividían las funciones para generar "un negocio fructífero" para ambos donde "no se pisaban entre ellos", según www.fiscales.gob.ar.En su alegato, el fiscal Velasco exhibió los cuadernos secuestrados en los allanamientos y reprodujo las escuchas telefónicas sobre imputados en otros expedientes vinculados que dieron cuenta de que la organización tenía una estructura con escalafones y que los dos turnos explotaban los mismos puntos de venta.En los citados cuadernos estaba registrada, a mano, la contabilidad con la "facturación" de la organización criminal. En un turno de 28 días los hermanos Estrada Gonzales llegaron a ganar 958.000 dólares, según la prueba exhibida por el representante del Ministerio Público Fiscal.Por otra parte, el fiscal mencionó que tanto Piti, de 59 años, como su hermano imponían su autoridad a través de la violencia y que, debido a eso, en este tipo de causas los vecinos se muestran reticentes o con miedo a declarar."Durante 13 años hubo allanamientos, intervención de policías federales, de la Ciudad y de gendarmes: todos explicaron que no solo ellos como personal pudieron identificar la organización, sino que también la gente a la que entrevistaban declaraba que la banda era liderada por los hermanos Estada Gonzales", dijo el fiscal Velasco, quien en este proceso cuenta con la colaboración de la Procunar y del fiscal Matías Álvarez, que acaba de ser propuesto por el nuevo ministro de Justicia de la Nación, Juan Bautista Mahiques, para presidir la Unidad de Información Financiera (UIF). Mientras estuvo prófugo, Piti manejaba su turno desde Perú. Su sector funcionaba de un modo "más familiar que gerencial" debido a que, al estar lejos, "necesitaba confiar" en las personas que le manejaban el negocio en el territorio.El sindicado capo narco cumple con la prisión preventiva en la cárcel de Marcos Paz. Fue trasladado a los tribunales de Comodoro Py, en el barrio porteño de Retiro, por el Grupo Especial de Intervención (GEI) del Servicio Penitenciario Federal (SPF).El juicio comenzó el 4 de noviembre pasado con la lectura del requerimiento de elevación a juicio. Piti estaba acusado de haber organizado junto con su hermano, Marcos, y su cuñada, Silvana Salazar, "una asociación integrada por un importante e indefinido número de personas destinada al tráfico ilícito de sustancias estupefacientes (marihuana, cocaína y sus derivados) en grandes cantidades y pequeñas porciones para el consumo individual en el interior y fuera de la villa 1-11-14â?³.También fue imputado por el "almacenamiento y uso permanente de todo tipo de armamento, sus piezas, municiones y otros elementos de corte balístico con el claro objetivo de mantener la hegemonía territorial de la zona en la que produciría la mayor parte del emprendimiento criminal", agregaron los voceros judiciales.En el momento de solicitar la pena, el fiscal Velasco tomó como parámetro la condena que se le había dictado a Marco Antonio Estrada Gonzales, pero también que "tenía pleno conocimiento" de que era buscado desde 2010. A ello le sumó que debía tomarse en cuenta que la organización perduró durante mucho tiempo y a pesar de las diversas acciones que se realizaron para bloquearla, no solo a nivel judicial y policial sino estatal."Montañas de basura""Hacían montañas de basura en lugar de lomos de burro, ponían carteles para tapar las cámaras. Todo para evitar que el Estado pudiera ingresar en el lugar. Manejaban las 7 hectáreas" dentro de la villa 1-11-14, recalcó el fiscal general.Basso, Ríos y Pelloni habían condenado a Marcos y a Salazar, entre otros narcos, a las penas de 24 y 13 años de prisión, respectivamente. Piti no había llegado a juicio porque, en ese momento, estaba prófugo.Marcos, su esposa y otros 23 sospechosos habían sido detenidos el 16 de diciembre de 2016 en operativos realizados por detectives de la División Operaciones Especiales Antidrogas de la Policía Federal Argentina (PFA) por orden del por entonces juez federal Sergio Torres, hoy presidente de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.En la investigación que derivó en las detenciones de diciembre de 2016, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Juan Pedro Zoni y la Procunar.Por ese expediente, Marcos fue condenado a 17 años de prisión y a pagar una multa 33.750 pesos por considerarlo como coautor penalmente responsable de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercio y coautor del delito de acopio de armas.La pena fue unificada con una anterior de diez años de cárcel y, finalmente, Marcos fue condenado a 24 años de cárcel. En 2022 fue deportado a Perú."Tres fuerzas de seguridad, la PFA, la Gendarmería Nacional y la Policía de la Ciudad, llegaron a la misma conclusión: existía en la villa 1-11-14 una organización narcocriminal que era liderada por Marco Estrada Gonzales, Salazar y Piti. Hubo cambios de gobiernos, crisis económicas, pero desde 2009 hasta mediados de 2017 en su pedazo de territorio, siete hectáreas de la villa 1-11-14 [zona también conocida como barrio popular padre Ricciardelli], nada cambió. En ese lugar siempre fueron Marcos, Salazar y Piti. Esperemos que este juicio logré cambiar algo", había sostenido en su alegato de ese primer juicio el fiscal Velasco.
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La acusación contra Melvin Quijivix cambió de figura delictiva meses después de que la Sala de Apelaciones le revocara las medidas sustitutivas. Esa modificación fue clave para que aceptara cargos y negociara la reparación.
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El Tribunal Superior ha revocado la sentencia de la primera instancia ante la falta de pruebas concluyentes sobre el supuesto robo
La Corte Suprema confirmó la culpabilidad del joven que noqueó a un playero en Monserrat. Aunque la calificación de "lesiones gravísimas" quedó firme, la justicia deberá redefinir el monto de la pena tras reducirse por su minoría de edad. Leer más
Tras conocerse el veredicto, el hombre afirmó que la Fiscalía actuó con eficiencia en este expediente, a diferencia de la investigación iniciada en 2010 por el hallazgo del universitario en el parque El Virrey en Bogotá
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El episodio ocurrió en noviembre de 2021. Carlos Andrés, entonces de 17 años, fue declarado culpable de lesiones gravísimas.La extensión de la pena todavía es discutida por los tribunales porteños.El hombre atacado quedó con graves secuelas motrices y cognitivas.
La organización responsabilizó a las autoridades cubanas por la integridad física y psicológica del director de La Hora de Cuba, detenido desde el 16 de septiembre en Kilo 7
La magistrada de Nueva York formalizó la decisión de la Cámara de Apelaciones que revocó la millonaria indemnización por la expropiación de la petrolera en 2012. El fallo representa un nuevo avance judicial para el Estado argentino, aunque los demandantes todavía buscan que la Corte Suprema de Estados Unidos revise la sentencia.
La jueza federal formalizó en el expediente de primera instancia la decisión de la Cámara de Apelaciones que favoreció al Estado argentino. Los fondos demandantes todavía pueden intentar revertir el resultado ante la Corte Suprema de Estados Unidos. Leer más
El Comité de Derechos Humanos de la ONU inició este lunes su 146.º período de sesiones, que se extenderá hasta el 6 de noviembre. Sin confirmación de que trate el reclamo de Cristina Kirchner, el kirchnerismo espera una respuesta que abra otra vía para discutir su inhabilitación electoral. Leer más
La Corte Suprema de Justicia definirá antes de fin de año la suerte del caso de Oil Combustibles, la empresa petrolera que era de Cristóbal López y Fabián de Sousa. En la causa se investiga la supuesta retención indebida de impuestos a los combustibles que fueron usados para capitalizar al grupo Indalo.López y su socio De Sousa llegan a la Corte absueltos tras un juicio oral y público que tuvo como único condenado al extitular de la AFIP Ricardo Echegaray, que recibió una pena de cuatro años de prisión por permitir estos beneficios a la empresa petrolera.Ahora la Corte mirará esas dos situaciones de manera unificada.Echegaray llega con una condena y la Cámara de Casación Penal rechazó su recurso extraordinario, por lo que fue en queja a la Corte para intentar revertirla, apelando tanto la sentencia como el monto de la pena.El otro recurso que tiene la Corte es del fiscal ante la Cámara de Casación, Mario Villar, contra la decisión que absolvió a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa.Que la Corte resuelva ambas cuestiones a la vez tiene una lógica que comparte la fiscalía. La Justicia consideró probado que Echegaray cometió un delito al conceder a Oil Combustibles planes de pago que perjudicaron al Estado, pero absolvió a los empresarios que pidieron esos planes y se beneficiaron con ellos, advierte el fiscal.Una de las posibilidades es que la Corte termine reenviando el caso a la Cámara de Casación para que resuelva sobre los empresarios con un nuevo fallo y que rechace el recurso de Echegaray, confirmando la condena. "O todos condenados o todos absueltos", dijo un funcionario judicial a LA NACION, simplificando el problema que, según el funcionario de Tribunales, se resolvería antes de fin de año. La causa ya giró por todas las vocalías en la Corte Suprema.Pedido de prescripciónEn paralelo, la Cámara Federal de Casación Penal tiene para resolver un planteo de prescripción del caso, presentado por la defensa de Fabián de Sousa, que pretende cerrar la causa sin condenas, solo por el paso del tiempo.En este planteo paralelo, los acusados recusaron a los jueces de la Cámara de Casación que deben decidir. En este incidente, el último fallo es de la semana pasada. Los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky rechazaron la recusación de Gustavo Hornos planteada por el abogado Alberto Beraldi, de De Sousa.La defensa de De Sousa y de López planteó la prescripción de la acción penal en el tribunal oral, que rechazó ese pedido. Ahora llevó el tema a la Cámara Federal de Casación. Aún no fue tratado porque los camaristas fueron recusados. En primer lugar, Beraldi recusó a Petrone y Barroetaveña, ya que habían intervenido en el caso. Luego Hornos fue sorteado para intervenir para tratar las recusaciones de sus colegas, pero él también fue recusado. Ahora que Hornos fue confirmado, él podrá resolver sobre las situaciones de Petrone y Barroetaveña. Cuando se defina la integración, los camaristas deberán determinar si el caso está prescripto o no, lo que puede tener impacto sobre lo que defina la Corte, que seguramente revisará este incidente en el futuro.Diez años de causaLa causa empezó en 2016 con una denuncia de la AFIP, que la diputada Elisa Carrió amplió a partir de una revelación de LA NACION. La acusación sostuvo que Oil Combustibles, la petrolera del Grupo Indalo, cobró a los consumidores el impuesto a los combustibles líquidos y no lo giró al fisco. Así acumuló una deuda de unos $8000 millones. Según la fiscalía, ese dinero sirvió para financiar la expansión del holding de López y De Sousa, que llegó a reunir unas 170 empresas.La investigación estuvo a cargo del fiscal Gerardo Pollicita y del juez federal Julián Ercolini. En noviembre de 2017, López y De Sousa fueron detenidos con prisión preventiva y pasaron casi dos años presos. El juicio oral empezó el 13 de junio de 2019 ante el Tribunal Oral Federal Nº 3 (TOF 3) y se extendió dos años y medio.El 16 de diciembre de 2021, el TOF 3 condenó por unanimidad a Echegaray a cuatro años y ocho meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Por mayoría, los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos absolvieron a López y De Sousa. A su criterio, no se probó que los empresarios hubieran actuado en connivencia con el funcionario ni con intención de defraudar. El deber de cuidar los intereses del Estado recaía en el administrador federal, no en los contribuyentes que pedían los planes, dijeron los jueces de la mayoría.El juez Andrés Basso votó en disidencia, por condenar a los tres. El fiscal de juicio, Juan Patricio García Elorrio, había pedido cuatro años para Echegaray y cuatro años y cuatro meses para cada empresario. La AFIP, que había impulsado la causa, se retiró como querellante poco antes de los alegatos, después de que Oil adhiriera a un plan de pagos y se levantara su quiebra.Echegaray sostuvo en su defensa que los planes otorgados a Oil fueron iguales a los otros 1648 concedidos durante su gestión.El 23 de octubre de 2023, la Sala I de Casación, con los votos de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, confirmó las absoluciones. Los jueces admitieron que la petrolera se había beneficiado de una autorización ilegítimamente otorgada por Echegaray que perjudicó al Estado. Pero aplicaron el beneficio de la duda en favor de los empresarios y confirmaron la responsabilidad penal de Echegaray, aunque ordenaron recalcular su pena.Villar había sostenido ante Casación que hubo connivencia entre Echegaray y los empresarios. También reclamó una reparación de más de $5166 millones y vinculó los beneficios obtenidos por el Grupo Indalo con los fondos que López giró a la familia Kirchner por alquileres, un tramo que se ventila en la causa Hotesur y Los Sauces. Casación le negó el recurso extraordinario y el fiscal fue en queja directo a la Corte.El 28 de mayo de 2024, la Corte, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, anuló por unanimidad esa sentencia. Los jueces se remitieron al dictamen del procurador general interino, Eduardo Casal. Concluyeron que Casación había dado un tratamiento solo aparente a los agravios del fiscal y que la absolución se apoyaba "en una valoración de la prueba dogmática y fragmentaria". Según el dictamen, los indicios habían sido analizados en forma aislada y sin la visión de conjunto que exigía el caso. La Corte ordenó que otros jueces dictaran un nuevo fallo.El 19 de febrero de 2025, la Sala I, con otra integración, volvió a absolver a López y De Sousa. Alejandro Slokar propuso rechazar el recurso del fiscal por el beneficio de la duda, y Mariano Borinsky lo acompañó, pero dijo que en su opinión el caso estaba prescripto. Según esta mayoría, no se probó que la AFIP hubiera dado un trato preferencial a Oil. El fallo también descartó usar prueba de otras causas, como Hotesur y Los Sauces. Las defensas destacaron que el mismo tipo de planes había beneficiado a otros contribuyentes, como YPF, la AFA y el propio Consejo de la Magistratura. También subrayaron que seis jueces de distintas instancias convalidaron las absoluciones.Guillermo Yacobucci votó en disidencia. Sostuvo que López y De Sousa fueron beneficiarios directos de una maniobra que la Corte ya había considerado ilícita. Villar volvió a recurrir ante la Corte y dijo que no había voto de mayoría porque Borinsky dijo una cosa (prescripción) y Slokar otra (absolución). Ese es uno de los dos planteos que ahora tendrán que resolver los jueces de la Corte.El otro planteo es el de Echegaray. La Sala I de Casación rechazó su recurso de casación y sus nulidades. El 12 de mayo de este año declaró inadmisible su recurso extraordinario federal y la defensa fue en queja a la Corte. Esa resolución permitió avanzar con la inhabilitación: en junio, ARCA exoneró a Echegaray del organismo. Si la Corte rechaza la queja, la condena a prisión quedará firme y deberá cumplirse en forma efectiva.
El hijo de Rodolfo Sancho se preocupa mucho por su condición física mientras estudia "al dedillo" toda la legislación tailandesa para en un futuro poder cumplir condena en España
Organizaciones de derechos humanos, universidades y gremios de toda América pidieron justicia por el abogado asesinado junto a otra víctima en una cancha deportiva capitalina. El presidente Arévalo prometió encontrar a los responsables.
Un tribunal civil analizó los pormenores de un hurto automotor ocurrido a plena luz del día en el sur del conurbano bonaerense. La sentencia distinguió entre la simple negligencia y la desidia inexcusable y concluyó que la aseguradora no logró acreditar los extremos necesarios para quedar eximida de responder
El fallo lo declaró responsable de concierto para delinquir y cohecho propio, y mantuvo su absolución por tráfico de influencias y pidió al Gobierno activar las gestiones diplomáticas necesarias para lograr su extradición desde Canadá, donde permanece fuera del alcance de la justicia nacional
Un tribunal salvadoreño sentenció a miembros de los Alaskas Locos Salvatruchos con penas diferenciadas según su rango dentro de la estructura criminal que operaba en Soyapango e Ilopango
La universidad optó por distanciarse de los insultos emitidos por un exdocente por el cambio de Santa Rosa de Lima con la destacada pintora peruana, a quien llamó "dueña de chifa de barrio" y "progre"
WASHINGTON.â?? En el cierre de su viaje a Estados Unidos, el presidente Javier Milei prometió esta tarde que habrá "tolerancia cero al antisemitismo" en la Argentina. Fue durante un evento en la embajada argentina en esta capital, en donde además cosechó un nuevo elogio del gobierno Donald Trump."No vamos a hacer oídos sordos ante quienes nos amenacen, nos odien por ser quienes somos o quieran imponernos acciones de terror", dijo el Presidente en el encuentro llevado a cabo en la sede de la embajada argentina que lidera Alec Oxenford, en el barrio de Dupont Circle."Por eso, mientras sea Presidente de la nación, en la Argentina habrá tolerancia cero con el antisemitismo. Porque si bien este se escuda detrás de la libertad de expresión, detrás de él no hay otra cosa que una espada que cuelga sobre la cabeza de todas nuestras sociedades y no dejaremos jamás que caiga sobre nosotros", remarcó Milei. Fue la primera vez que el mandatario estuvo en la embajada en Washington.El evento estuvo enfocado en la lucha contra el antisemitismo a raíz de que la Argentina tiene la presidencia temporal de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA). El canciller Pablo Quirno y la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, acompañaron al líder libertario.Además, en la ceremonia el Gobierno cosechó otro elogio de la Casa Blanca. Presente en la embajada, el secretario de Energía norteamericano, Chris Wright, fue el funcionario de mayor nivel de la administración Trump en encontrarse con Milei en su estadía de 36 horas en Washington. Ambos mantuvieron un encuentro privado en la legación diplomática argentina, en la que hablaron de la relación bilateral.En su discurso, Wright destacó el liderazgo de la Argentina "no solo por su labor en la lucha contra el antisemitismo, sino también por su papel en un contexto donde el continente había perdido la fe en la libertad, las oportunidades y la democracia"."La Argentina está dando ejemplo en el hemisferio sur y en toda América Latina al demostrar su convicción en la democracia, la libertad y el libre mercado, y al defender valores sagrados, no conveniencias políticas ni ideologías disruptivas, sino valores auténticos. Creo que la Argentina está revitalizando tanto a su propia nación como a los países vecinos", sostuvo Wright, entre aplausos, en una nueva señal de la sintonía entre las administraciones de Trump y Milei.Con un vínculo muy cercano al mandatario norteamericano, Wright es un funcionario clave de la administración republicana en medio del impacto directo del conflicto en Medio Oriente en los mercados energéticos globales."Vivimos una ola renovada de antisemitismo. Un antisemitismo que no fue orgánico ni espontáneo, sino que fue azuzado como parte de la propia estrategia de los enemigos de Israel. En todas las democracias occidentales se activaron mecanismos latentes de propaganda, listos para apropiarse de uno de los odios más antiguos de la historia. Y todo para defender los planes de los enemigos de Occidente", dijo Milei, ratificando su alianza estratégica con el gobierno israelí.El Presidente, que en su discurso recordó los sangrientos ataques de Hamas del 7 de octubre de 2023 en territorio israelí, advirtió que "hoy el antisemitismo es un arma más en el arsenal de los enemigos del Estado judío y también de todo Occidente". En el encuentro, titulado "Ampliando las fronteras de la memoria: diálogo hemisférico sobre el Holocausto y la lucha contra el antisemitismo", participó el rabino Yehuda Kaploun, enviado especial de Estados Unidos en el monitoreo y combate al antisemitismo, quien este año había sido recibido por Milei en la Casa Rosada."Hoy, Milei y su gobierno trabajan incansablemente para proteger a las comunidades judías y dejan claro que el antisemitismo no tiene cabida en este hemisferio ni en el mundo. Esta es solo una de las innumerables formas en que la Argentina ha asumido un papel de liderazgo en el escenario mundial: desde combatir el antisemitismo hasta promover la libre empresa", señaló Kaploun.El funcionario de la administración Trump también destacó el lanzamiento de la iniciativa de los Acuerdos de Isaac lanzada por Milei y el primer ministro Benjamin Netanyahu que busca fortalecer la cooperación entre Israel y los países latinoamericanos."Gracias a un liderazgo auténtico, está transformando la región ante nuestros propios ojos", destacó Kaploun sobre el Presidente.En el evento también estuvieron presentes el representante republicano Michael Rulli (Ohio), copresidente del Caucus Argentina del Congreso de Estados Unidos, y el empresario Marcelo Mindlin, en su carácter de presidente de la IHRA."El Presidente ha convertido la lucha contra el antisemitismo en una causa personal, y la defensa del pueblo judío frente a las agresiones en su contra, en una prioridad de nuestra política exterior. Esa determinación llevó a la Argentina a convertirse en la primera nación latinoamericana en presidir esta alianza. Nuestra asociación estratégica con Israel se sustenta en esa convicción", dijo Quirno.Oxenford señaló al presentar el evento que la Argentina "se ha consolidado como una de las voces internacionales más claras y firmes contra el antisemitismo"."Como ha dicho el Presidente en numerosas ocasiones, el antisemitismo no es solo una amenaza para las comunidades judías: es una amenaza para la civilización misma. Nuestro compromiso no es meramente retórico, se refleja en el liderazgo diplomático de la Argentina y en sus iniciativas internacionales", dijo Oxenford.Entre los alrededor de 100 presentes en el salón principal de la embajada estuvieron los cancilleres de Paraguay, Rubén Ramírez Lezcano, y de República Dominicana, Víctor Bisonó, además de representantes diplomáticos de varios países.Milei y su comitiva salieron del hotel en Washington a las 19.13 (hora local, las 20.13 en la Argentina) rumbo a la Base Conjunta Andrews, desde donde emprenderán esta noche su regreso al país. Llegarán a Buenos Aires el viernes por la mañana.
Agentes policiales torturaron a la comunicadora en 2005 tras la publicación de "Los demonios del Edén", investigación que destapó una red de pederastia con empresarios y funcionarios
Ya habían hablado sus colegas y compañeros Fabián Améndola y Silvia Petroff. Eran las 16.11 cuando el abogado Fernando Burlando, tomó la palabra y se dirigió a los jueces Alberto Gaig, Pablo Rolón y Alberto Ortolani para comenzar su alegato en el juicio donde se debatieron si hubo responsabilidades penales en la muerte de Diego Armando Maradona."Hoy tenemos un gran cita con la historia. Los que ustedes decidirán en este juicio quedará, sin ningún tipo de dudas, marcado a fuego en la memoria colectiva de esta y de varios generaciones más. Y no solo lo será por el nombre y apellido de la víctima, sino por su transcendencia, su importancia y su sello particular, pero también lo va a ser por los ribetes de este crimen y por la matanza de Diego Armando Maradona", sostuvo Burlando, que representa a Dalma y Gianinna, dos de las hijas del Diez. El comienzo del alegato de Fernando BurlandoPocos segundos después, el letrado afirmó con vehemencia: "Mataron a un héroe mitológico, a un guerrero capaz de ir y volver del olvido y de la muerte cuando lo deseaba. Lo hicieron de una manera muy cobarde, aprovechándose de la vulnerabilidad de su salud".Al final de un largo alegato, Burlando le pidió a los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°7 de San Isidro que condenen al neurocirujano Leopoldo Luque, la coordinadora médica de Swiss Medical Nancy Forlini y la psiquiatra Agustina Cosachov a la pena de 15, 12 y 10 años de prisión, respectivamente. Los consideró autores del delito de homicidio simple con dolo eventual. Para el psicólogo Carlos Díaz, Burlando solicitó cinco años de prisión. Y para el coordinador de enfermeros Mariano Perroni y el enfermero Ricardo Almirón, Burlando pidió cuatro años y medio de cárcel. A los tres los acusó del delito de homicidio culposo.En un alegato que sobrepasó largamente las tres horas como tiempo máximo para cada una de las partes que había estipulado el juez Gaig, que está a cargo de la presidencia del tribunal, los abogados de Dalma y Gianinna se refirieron a la muerte del astro como "el asesinato de Maradona"."El equipo médico se representó cabal y acabadamente la posibilidad del resultado fatal. y que siendo absolutamente indiferentes, abandonaron la suerte el estado de salud de Diego. En esa indiferencia están todos los adjetivos calificativos", sostuvo Burlando casi en el final de su alegato.Antes de presentar el pedido de penas, Burlando pidió autorización para pasar un resumen de la prueba, lo que generó las quejas del abogado Francisco Oneto, uno de los abogados de Luque. "Hace tres horas y media que estamos escuchando a Burlando", espetó. Finalmente se escuchó un compendió de audios y mensajes de voz de los imputados.La audiencia había comenzado con el alegato de Pablo Jurado, abogado que representa los intereses de Ana, Claudia y Rita, tres de las hermanas del Diez. El letrado solicitó diez años de cárcel para Forlini, para Cosachov ochos años y dos meses; para Luque, ocho. Los consideró autores del delito de homicidio simple con dolo eventual.El alegato de Pablo Jurado, el abogado que representa a las hermanas de MaradonaPara Perroni y Almirón solicitó la pena de tres años de prisión por el delito de homicidio culposo. No acusó a Díaz y al médico clínico Pedro Di Spagna, los otros dos imputados que llegaron a juicio."Señores jueces, debo mencionar que van a escuchar de las defensas hablar de muerte súbita, de evento agudo no detectable ni evitable, que se aleja de la prueba producida en el debate", sostuvo Jurado.
Sergio Eduardo Bruno Carballo recibió cinco años y cuatro meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La causa investigó un esquema encabezado por un empresario para obtener beneficios impositivos mediante documentación falsa y un prestanombre
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial, que además de la pena de prisión impuso una multa y la inhabilitación para ejercer como vendedor de inmuebles, tras probar que el dinero correspondía a tres operaciones distintas en Lodosa, Viana y Sartaguda
El magisterio realizará movilizaciones en Oaxaca tras el asesinato del profesor
La defensa sostuvo que la tutela no buscaba abrir una tercera instancia ni reabrir el debate probatorio, sino discutir garantías como la doble conformidad y el debido proceso
La Cancillería costarricense expresó su solidaridad con las víctimas de los bombardeos contra el aeropuerto de Riad y pidió proteger a la población civil ante la escalada del conflicto en Medio Oriente.
La Cancillería expresó sus condolencias a los familiares de las víctimas y deseó la recuperación de los lesionados, mientras el Ejecutivo de Nayib Bukele reiteró su solidaridad con Arabia Saudita
La juez penal de Bogotá declaró responsable a Felipe Rodríguez Mariano por favorecer a un consorcio en la supervisión de 4.678 viviendas, mediante correcciones a su oferta y plazos adicionales
Rong Yuan, ingeniera metalúrgica de California, reunió pruebas en video contra su compañero de trabajo tras sufrir un deterioro de salud que ningún médico lograba explicar. Aunque fue condenado en 2024, David Xu busca que un juez desestime la sentencia
La Cámara Civil puso fin a un litigio derivado de un incendio vehicular que arrasó con la fuente de ingresos de un canillita. El tribunal ponderó los daños materiales ocasionados y ordenó un resarcimiento superior a los $15 millones más intereses, que deberán afrontar de manera solidaria la empresa de transporte y su aseguradora
El pronunciamiento realizado por la Cancillería nacional se conoció tras el ataque contra el Aeropuerto Internacional Rey Khalid, que dejó hasta el momento, 12 muertos y 309 personas heridas
La Justicia marplatense resolvió un litigio de larga data originado por las graves lesiones que sufrió un joven por la falta de protección perimetral en un predio deportivo. El tribunal fijó una indemnización que incluye gastos médicos, tratamientos y secuelas físicas, y además ordenó obras urgentes de protección y señalización
El Presidente se encontrará con el secretario de Energía de EE.UU, participará de un acto de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto y será premiado en la Gala de la Herencia Hispana
La alcaldesa condenó las agresiones contra trabajadores y los daños ocasionados en las oficinas tras el encuentro registrado en la demarcación con personas de la comunidad trans
El caso se originó en 2015 y también involucró a su padre, Eugenio Horn Galindo
La familia solicita revisar de manera exhaustiva el proceso penal seguido contra José Alejandro Jiménez López, detenido en El Nula en julio de 2024 tras el hallazgo de un artefacto lacrimógeno dentro de una caja abandonada. La exposición cuestiona la investigación, la actuación de la defensa pública y la base probatoria de la sentencia
Portugal critica las sanciones de EE.UU. a la corte internacional, señalando que afectan la autonomía judicial y el combate a la impunidad.La medida coincide con el Nobel otorgado a Navi Pillay, exjueza del tribunal, generando reacciones globales por su impacto en el derecho internacional.
La organización aclaró que el homenaje aéreo en la Costa Verde fue preparado durante meses y nunca convocó concentraciones cerca del alojamiento de los artistas en Lima ni alteraciones del orden público
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena de 14 años de cárcel para Rodolfo Suárez, un suboficial retirado de la Policía Federal Argentina (PFA), que había sido encontrado culpable de los delitos de corrupción de menores en concurso con la producción, comercialización y distribución de material de abuso sexual infantil (MASI)Suárez, que ahora tiene 78 años, había sido condenado en septiembre de 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 8 porteño. La Cámara de Casación Penal revisó la sentencia y confirmó la pena: solo lo absolvió por un video en particular que se le atribuyó, pero se mantuvo la misma pena.La defensa presentó su apelación en queja ante la Corte. "Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron la presentación de la defensa por falencias en el recurso, pero el planteo fue rechazado", se informó oficialmente.Suárez se presentaba como productor de eventos infantiles y de castings para publicidades, y como chofer de personajes reconocidos del ambiente del espectáculo, como las hijas de Marcelo Tinelli. Eran las épocas del furor y del éxito de la ficción televisiva Patito Feo. Pero toda su supuesta experiencia laboral era una puesta en escena para engañar a sus potenciales víctimas: niñas a las que filmaba desnudas en una bañera con la excusa de que la grabación era para elegir a las protagonistas de publicidades de champú y de jabonesComo reveló oportunamente LA NACION, la investigación contra el policía retirado comenzó en febrero de 2019, cuando el policía retirado, que vivía en Flores, llevó su computadora a un local especializado para un servicio técnico.El técnico que debía hacer el trabajo descubrió que la notebook de Suárez almacenaba 11.842 archivos, entre los cuales había más de 2000 archivos de MASI, incluidos los de las víctimas que fueron engañadas y se dejaron filmar pensando que eran parte de un casting para una publicidad.El empleado del local hizo la denuncia y en el juicio declaró como testigo. Bajo juramento de decir la verdad, recordó que la computadora tenía "como fondo de pantalla una foto de una niña chiquita", que "las fotos eran raras, muy sexualizadas" y que "la edad de dicha menor era de entre cinco y siete años". Agregó que en la carpeta llamada "imágenes" había "fotos que eran raras, horribles"."Se pudo establecer fehacientemente que Suárez, luego de retirarse de la PFA, manifestaba trabajar como productor de eventos infantiles y castings y como chofer de personajes reconocidos del ambiente del espectáculo, título que utilizaba para engañar a sus víctimas y así captar la atención de los padres de las menores y relacionarse con ellas", había sostenido el TOC N° 8 en la sentencia.La instrucción del expediente estuvo a cargo del juez en lo criminal y correccional porteño Darío Bonanno y el Ministerio Público estuvo representado por las fiscales Marcela Sánchez (hasta que se jubiló) y Cinthia Oberlander.Suárez nunca declaró para dar su versión de los hechos. No lo hizo durante la instrucción de la causa ni en el juicio. Ni siquiera a la hora de la oportunidad que tienen los acusados para expresar sus palabras finales antes del veredicto."Al disponerse el allanamiento del domicilio de Suárez se encontraron y secuestraron flyers, revistas y calendarios de la ficción de TV Patito Feo y volantes de contrataciones de castings", habían dicho en la sentencia los jueces Javier Anzoátegui, Alejandro Sañudo y Luis María Rizzi.Además, en la billetera del falso productor de TV fueron encontradas tarjetas de presentación manuscritas con su número telefónico y su correo electrónico con la inscripción de "contrataciones Fito", y tarjetas de presentación que decían "Rodolfo Suárez, representante artístico".En el debate no solo declaró el técnico que descubrió las pruebas clave del caso: prestaron testimonio las víctimas de Suárez, que ya son mayores de edad.Durante su alegato, la fiscal Ana Helena Díaz Cano dijo: "Ha quedado acreditada, más allá de toda duda razonable, la materialidad de los hechos por los cuales se elevó esta causa a juicio y por cuanto surgió del relato de las víctimas en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar en que se cometieron los hechos que las damnificaron, como también la participación del imputado Suárez en los sucesos delictivos".Los hechos ocurrieron cuando las víctimas tenían entre siete y ocho años. Según la sentencia, el abogado de Suárez, Daniel Mazzocchini, pidió que se declarara la prescripción del proceso, pero la solicitud fue rechazada por el tribunal."Suárez captaba a las niñas y a sus familiares por medio de diferentes artilugios, con la promesa de participar en alguna serie televisiva, hacer alguna propaganda que, inclusive, refería a que sería para el exterior, y conocer a algún famoso. Estos actos los hacía por intermedio de una cuenta de Facebook, de tarjetas de presentación o por WhatsApp, donde utilizaba como foto de perfil una imagen de Laura Esquivel, protagonista de Patito Feo, o por publicaciones en Internet", explicaron los jueces en el fallo de 109 páginas.Las víctimas de Suárez pudieron ser identificadas después del allanamiento en la casa del acusado, realizado por personal de la Sección Análisis de Investigaciones Especiales de la Policía de la Ciudad.Por ejemplo, una de las jóvenes, niña en el momento de los hechos juzgados, fue identificada después del hallazgo de 23 fotografías, "una de las cuales tenía escrito en su reverso todos los datos de la entonces menor".Además de las pruebas fílmicas y fotográficas, los investigadores pudieron recuperar correos electrónicos donde el imputado se comunicó con una de sus víctimas y le exigió que le enviara imágenes de su cuerpo desnudo."Mandá una de cuerpo entero desnuda" y "otra que se te vea bien la c... y no los pelos" fueron algunos de los textos de los correos electrónicos.Según se dejó constancia en la sentencia, la pena impuesta a Suárez vencerá el 9 de septiembre de 2033.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso. Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior. La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.111 inmueblesLo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación â??en un voto divididoâ?? rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.
Gianni Infantino afirmó en redes sociales que los futbolistas del equipo caribeño soportaron una situación inaceptable en el estadio Manuel Felipe Carrera, tras la derrota por 1-0 en la Liga de Naciones
La decisión judicial declaró responsable a Rodríguez, que gobernó la capital del Tolima entre 2012 y 2015, por favorecer dos concursos de méritos vinculados con obras destinadas a las justas de esa época
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cuatro años y ocho meses de prisión para el exjugador de Aldosivi Alberto "Beto" Navarro, que se destacó en el elenco marplatense a fines de los 80 y principios de los 90, se reconvirtió en DJ y terminó sentenciado por vender drogas sintéticas en grupos cerrados de asistentes a fiestas electrónicas.Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisibles los recursos presentados por las defensas del "Beto" Navarro y de Esteban Eduardo "Tutti" Freiz, un jugador de póker que trabajaba como relacionista público en el entorno de las discotecas. En marzo de 2024, el juez Gustavo Raúl Fissore, del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 de Mar del Plata, firmó la sentencia de cuatro años y ocho meses para "DJ Betto" y de cuatro años y cuatro meses para "Tutti" Freiz por "comercio de estupefacientes".El exfutbolista del "Tiburón" marplatense tenía un arma sin justificación; por eso recibió una condena por "tenencia ilegal de arma de fuego", lo que explica que su pena haya sido mayor que la de su socio en el delito.Según la investigación, entre agosto de 2021 e inicios de 2022, Navarro comercializó estupefacientes en dosis destinadas al consumidor, principalmente éxtasis. Los vendía en su casa, bajo la modalidad de delivery, o en fiestas electrónicas. Fue interceptado por la policía en su auto, en el que llevaba 75 comprimidos de MDMA, 4,6 gramos de crystal meth (MDMA en estado puro) en forma de piedra distribuidos en cinco tubos acrílicos, tres bolsas tipo ziploc con ketamina en polvo de color violeta y 63 comprimidos de clefedrona. También tenía dinero y una balanza de precisión. Según consta en la causa, más de 500 horas de escuchas telefónicas confirmaron la actividad de venta de drogas de DJ Betto y "Tutti" Freiz, que además de frecuentar el Casino Central de Mar del Plata y participar de importantes torneos de póker era cambista de moneda extranjera en el mercado negro y trader de criptomonedas.
Leonardo Barone fue sentenciado a tres años de prisión por falsificar documentos para ganar una licitación. El juez que lo declaró culpable rechazó cerrar el caso por el paso del tiempo
El tribunal transicional concluyó que el antioqueño Javier de Jesús Cadavid no integró el Frente 47 del extinto grupo guerrillero ni supo que su negocio canalizaba cobros ilegales de la organización ilegal
El máximo tribunal desestimó el último intento de Juan Jesús Fernández por revertir su sentencia. El legislador radical fue asesinado a balazos a metros del Congreso, en mayo de 2019
Una jueza de Formosa revocó ayer las condenas dictadas contra cuatro periodistas de LA NACION a quienes les habían impuesto una pena de cinco días de prisión tras publicar un informe sobre pobreza en la provincia. El argumento del fallo condenatorio había sido que ejercieron el periodismo sin los debidos permisos.La nueva sentencia fue dictada por la jueza de apelaciones de Las Lomitas Gabriela Soledad Plazas, que absolvió de culpa y cargo a los periodistas Lautaro Martín Guillamondegui, Micaela Urdinez, Joaquín Rajadel y Javier Federico Corbalán. Revocó lo dispuesto hace 20 días por el juez de Paz de Las Lomitas, Omar Padilla, exconcejal peronista ligado al gobernador Gildo Insfrán, que los había encontrado responsables de haber violado el artículo 73 del Código de Faltas de Formosa, por haber desarrollado una actividad sin contar con la autorización previa y por carecer de un carnet para ejercer el periodismo. Dos requisitos que no son exigibles. Padilla había condenado a cada uno a cinco días de cárcel sustituibles por una multa de $282.550.En el fallo de hoy, Plazas advierte que la calidad o no de periodista se define "por actividad y no por la posesión de algún título habilitante" y recuerda que la Constitución de Formosa "señala enfáticamente que es inviolable el derecho que toda persona tiene de expresar libremente sus ideas y opiniones y de difundirlas por cualquier medio, sin censura de ninguna clase" y que advierte que "ninguna ley ni autoridad podrán restringir la libre expresión y difusión de las ideas".La jueza entendió que, por ende, exigir credencial previa como condición para informar constituye una vía indirecta de censura y vulnera la propia jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia, la libertad de expresión protegida por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.Los periodistas que ahora fueron absueltos habían viajado a Formosa y mostrado las condiciones precarias en las que vive un pueblo originario. Forman parte de "Hambre de Futuro", una sección de LA NACION que visibiliza realidades de personas que viven en la pobreza y, para eso, sus periodistas recorren todos los rincones de la Argentina. "Hambre de Futuro" dedicó varios capítulos a la situación de comunidades formoseñas y uno de ellos fue el que motivó las actitudes amenazantes de la policía de Insfrán y la condena judicial.La sentencia que había fijado las penas fue apelada por la defensa de los periodistas, que denunció una "grave e inaceptable afectación a la libertad de expresión" mediante una forma de censura indirecta. Señaló que sus defendidos ejercieron la profesión de periodistas en forma lícita, amparados por la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los estándares internacionales en la materia.
La celebración quedó arruinada por un corte de energía, fallas en la climatización y la ausencia de servicios contratados, como pantallas y efectos lumínicos. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena contra el salón de fiestas por incumplimiento contractual y ordenó indemnizar a la familia por los perjuicios ocasionados
CÓRDOBA.- "Era consciente del peligro que creaba al dejar a los dogos sin medidas de seguridad". Esa frase es uno de los ejes de la fundamentación de la condena a ochos años de prisión efectiva contra José Nieto, dueño de los perros que atacaron y mataron a la adolescente Trinidad Ballesteros en julio de 2023. La sentencia fue dictada a mediados del mes pasado por la Cámara Primera del Crimen de la capital cordobesa, que dispuso la detención del hombre.Hoy, la Cámara 1° en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Córdoba publicó los fundamentos de la condena por la que declaró a Nieto autor de homicidio simple y lesiones leves, ambos cometidos con dolo eventual.El hecho ocurrió en aquella fecha, cuando dos dogos propiedad del acusado se escaparon de su casa -ubicada en barrio Estación Flores- por el portón y atacaron ferozmente a Ballesteros, de 15 años, provocándole la muerte; además, lesionaron a un vecino que intentó auxiliarla.Los camaristas José Pueyrredón (autor del voto), Mario Capdevila y Gustavo Ispani puntualizaron que el acusado "llevó adelante conductas intolerables", puesto que "no tomó los recaudos, ni tuvo los cuidados necesarios" para cumplir con las condiciones de tenencia domiciliaria responsable de perros potencialmente peligrosos.El fallo puntualiza que Nieto se fue de viaje y dejó el portón sin las medidas seguridad correspondientes, lo que posibilitó que sus animales se escaparan hacia la vía pública con el consecuente desenlace fatal y lesivo. El tribunal descartó que el acusado haya obrado con "imprudencia consciente". La sentencia remarca que, en este caso, "existió una representación del evento posible", puesto que conocía de la peligrosidad de sus perros. En ese sentido, el fallo señala que los perros ya habían atacado anteriormente a personas y animales y que Nieto ya había recibido una condena contravencional por estos incidentes."La muerte de la víctima o que los canes causen lesiones no resultaba puramente casual, sino un efecto objetivamente probable y previsible", sintetiza la sentencia. Nieto no había colocado una señal de advertencia de la presencia de perros potencialmente peligrosos ni se aseguró de que la puerta pudiera resistir cualquier intento de apertura por los animales.Total indiferencia"Debo concluir que Nieto obró con dolo eventual respecto del resultado muerte y lesiones, toda vez que al tener en su poder un elemento peligroso -perros raza dogo-, debió evitar que aquel produzca lesiones a los bienes jurídicos que tutela el ordenamiento jurídico, posicionándose como garante con el deber de controlar la fuente de peligro", explicó en su voto de camarista Pueyrredón. Para el tribunal, no quedaron dudas de que el acusado "menospreció la concreta posibilidad de que con su conducta pudiera afectar la vida y la salud de las personas", particularmente de sus vecinos cercanos. En tal sentido, se indica que Nieto no adoptó ninguna medida tendiente a evitar la reiteración de hechos protagonizados por los perros raza dogo que tenía a su cuidado y en su vivienda, y así demostró "una total indiferencia para evitar la repetición de ataques de los canes". "Ha quedado claro que como directa consecuencia de la situación de peligro reseñada se produjo la muerte de la menor Trinidad Ballesteros y la lesión del damnificado Juan Marcelo Cocconi", concluye.Después de que saliera la condena a Nieto el mes pasado, se registraron dos nuevas muertes de niños atacados por perros en Córdoba. Una es la de una niña de 2 años en barrio Cabildo atacada por dogos pertenecientes a un familiar; otra, la de Owen González, de 2 años, que falleció tras ser agredido por un pitbull.Antes, en agosto, perdió la vida Salvador, un niño de 3 años, en el barrio Villa La Lonja atacado también por un pitbull.ProyectoEn ese contexto, diputados nacionales impulsaron un proyecto de ley que apunta a cambiar de manera sustancial las reglas para la tenencia de perros potencialmente peligrosos en la Argentina. Proponen incorporar figuras específicas para castigar a los responsables cuando un ataque provoque lesiones o la muerte de una persona y también cuando la conducta del dueño genere una situación de peligro aun sin que haya una víctima.La iniciativa incorpora un régimen especial complementario del Código Penal. El homicidio culposo provocado por el ataque de un perro potencialmente peligroso establece una pena de tres a ocho años de prisión y una inhabilitación de cinco a diez años para tener este tipo de animales.La escala sube de cuatro a ocho años si, por ejemplo, el perro circulaba sin bozal o sin los elementos de sujeción obligatorios, no tenía el seguro exigido, contaba con antecedentes formales de agresión o la víctima era menor de 14 años, mayor de 70 o una persona con discapacidad física o motriz.Para las lesiones graves previstas por los artículos 90 y 91 del Código Penal, la iniciativa plantea penas de uno a cuatro años de prisión, que subirían a entre dos y cinco años cuando se presentasen las mismas circunstancias agravantes.
Dos de las mujeres sufrieron heridas graves. Los hechos han ocurrido en una carretera de Cañadas de San Pedro, en Murcia
Mary Sainz, esposa de Vallarta y activista, acusó que el exdirector de Seguridad Regional de la extinta Policía Federal estaría próximo a dejar la cárcel
CÓRDOBA.- El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó la condena a cuatro años de prisión contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por su responsabilidad como instigador en la matanza de 211 perros ocurrida en 2013. La pena había sido impuesta por la Cámara 8ª del Crimen.La defensa todavía puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. Si esa instancia no prospera, la condena quedará firme y Facchín deberá cumplir la pena de prisión.Además del exintendente, el TSJ ratificó las condenas contra cinco empleados municipales que participaron del operativo: Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas. En esos casos, las penas son de tres años de prisión en suspenso.En la madrugada del 28 de abril de 2013, empleados de la municipalidad de Deán Funes distribuyeron albóndigas de carne con veneno â??metomil, una sustancia de alta toxicidadâ?? en distintos puntos de la ciudad. Como consecuencia de esa acción, murieron 211 perros.Facchín había sido absuelto el 26 de julio de 2019 por la Cámara 12ª del Crimen de Córdoba, en un fallo dictado bajo el beneficio de la duda. En marzo de 2020, la Sala Penal del TSJ anuló esa resolución y ordenó la realización de un nuevo juicio. La Cámara 8ª del Crimen dictó la condena de cuatro años en 2022.Facchín llegó a ese juicio en libertad y la sentencia dispuso que permaneciera en esa condición hasta que la condena quedara firme. Los camaristas consideraron que su posición dentro de la estructura municipal le permitía disponer de personal y medios materiales, y que los inspectores que ejecutaron el operativo dependían funcionalmente del área bajo su conducción.En ese proceso también quedó acreditada la intervención directa de los cinco empleados municipales. La magnitud y simultaneidad del operativo fueron consideradas indicios de una "acción organizada"."La Municipalidad de Deán Funes, frente a la superpoblación masiva de animales, no encontró otra solución, entre comillas, que disponer un plan macabro para exterminar todos estos animales que circulaban en la vía pública", sostuvo el querellante Pedro Despouy Santoro.Para el abogado, el operativo también provocó "la intoxicación de un niño, que tuvo que ser trasladado de urgencia a Córdoba". Insistió en que la manipulación descontrolada del veneno químico en el espacio urbano constituyó un grave peligro para la salud de toda la población de la ciudad.Uno de los aspectos destacados de la sentencia de 2022 fue el análisis del bien jurídico protegido por la Ley 14.346. El tribunal sostuvo que la norma protege la integridad física y psíquica de los animales y los reconoció como "seres sintientes", es decir, capaces de experimentar dolor y placer. Despouy Santoro destacó especialmente ese punto al considerar que reconoce jurídicamente el bienestar de los animales.
Luego de sobrevivir al procedimiento de ejecución en Tennessee en el que le dieron dos inyecciones letales, Christa Pike permanece internada con custodia y con estado reservado en una clínica privada en el estado del sur de Estados Unidos. La mujer de 50 años recibió una doble dosis de pentobarbital â??un medicamento barbitúrico utilizado en estos procedimientosâ??, el método falló y, posteriormente, fue trasladada en ambulancia desde la cárcel a un hospital.Su estado de salud se mantiene en extrema reserva, pero trascendió que continúa inconsciente y conectada a un respirador artificial, según información que consignó CNN. La falla en la ejecución de la pena de muerte se habría provocado, detallaron, por problemas con las vías intravenosas que provocaron que el fármaco letal no entrara en su torrente sanguíneo.Uno de sus abogados, Randy Spivey, denunció que no tuvieron acceso a la sala en donde se encuentra recluida Pike y que no tienen actualizaciones sobre su salud. La ejecución fallida "equivalió a tortura", consideró en una conferencia de prensa y pidió que se le conmutara la pena de muerte."Al parecer, en ningún momento ningún miembro del equipo de ejecución se percató de que las vías intravenosas no estaban colocadas correctamente, de que las venas habían reventado o de que el pentobarbital estaba entrando â??total o parcialmenteâ?? en el cuerpo de Pike", señaló su equipo de abogados en un escrito presentado ante el Tribunal de Equidad del condado de Davidson, en Tennessee.Según ellos mismos relataron, el día para el que estaba programada la ejecución, se le dio una primera inyección letal, pero ni la dosis inicial ni la de respaldo de pentobarbital la mataron. Cuando el sonido de la grabación de la cámara se cortó, se podía escuchar un sonido similar al de un ronquido, producto de la medicación que le había sido administrada. Posteriormente, fue trasladada de urgencia al centro de salud. La mujer presentó entonces hinchazón, quemaduras y ampollas en ambos brazos, tal como indicaron sus abogados. Desde ese momento, se encuentra en estado crítico.Tras el episodio, el gobernador republicano Bill Lee pospuso indefinidamente la ejecución de Pike y la única otra ejecución en Tennessee que estaba programada para este año. Al mismo tiempo, ordenó una revisión independiente de lo ocurrido, hecho al que calificó de "profundamente perturbador".La condenaPike y su novio fueron condenados por matar a Colleen Slemmer, una joven de 19 años y compañera de clase de la acusada. El asesinato, cometido el 12 de enero de 1995, avivó temores sobre el culto satánico debido a un pentagrama que apareció tallado en el cuerpo de la víctima. Según la información que logró reconstruirse con el paso del tiempo, Pike la habría atacado por sospechas de que Slemmer había intentado estar con su novio. El novio de Pik, Tadaryl Shipp, no era elegible para la pena de muerte porque tenía 17 años en el momento del asesinato y recibió una condena de cadena perpetua. El año pasado se le negó la libertad condicional.Pike no negó que ayudó a matar a Slemmer, pero sus abogados sostuvieron que el estado debería considerar su edad en ese momento, su enfermedad mental y sus denuncias de abuso sexual severo. Tras el asesinato, se le diagnosticó trastorno bipolar y estrés postraumático.
Más de 100.000 mensajes con su amante y una escena del crimen manipulada bastaron para que un jurado lo condenara por unanimidad en menos de tres horas
Lo hizo el mismo día en que vencía el plazo y luego de su cómplice, Romain Bouvier.Ambos deberán afrontar un segundo juicio, que abordará los hechos y los elementos del caso desde el principio.
El dirigente mapuche cuestionó las pruebas reunidas en la causa y aseguró que aceptó un juicio abreviado para evitar una posible condena mayor. Su abogado también calificó de irregular la detención y cuestionó el proceso que terminó con una pena de cinco años y dos meses.
Thomas Randolph repitió el plan varias veces: casarse, obligar a sus parejas a contratar seguros de vida y planificar sus asesinatos con coartadas como suicidios, robos y mala praxis médica